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- - Una mujer fue a un motel con su amante, pagó con tarjeta de crédito y su concubino se enteró de la conducta infiel.
- - Concurrió con el hombre a un motel de Villa Gobernador Galvez y abonó con una extensión de la tarjeta cuyo titular es su padre.
- - Cuando el padre recibió el resumen del plástico advirtió el pago efectuado y en broma le informó a su hija. Pero, en ese momento la mujer estaba junto a su concubino, con quien vivía desde hacía 11años y fruto de esa relación tienen un hijo.
- - Al tomar conocimiento el concubino de lo ocurrido la pareja se disolvió.
- - La mujer entendió que la ruptura de la relación de convivencia durante más de una década fue provocada por la identificación del motel en el resumen de cuenta. En consecuencia, le inició una demanda por daños y perjuicios al dueño del motel y a la tarjeta.
- El juez en lo civil y comercial de la décimo cuarta nominación, Marcelo Quaglia, rechazó la demanda por considerar que la información volcada en el resumen cumple estrictamente con la ley que regula el sistema de tarjeta de crédito.
- En la resolución se destaca que la norma “ampara y tutela el derecho del usuario de la tarjeta de crédito a conocer las condiciones contractuales del servicio prestado”.
- Agrega que tampoco se advierte una violación de la privacidad y de la intimidad porque la mujer sabía que su padre iba a ser informado del gasto que ella efectuó en el motel.
- El magistrado al rechazar la demanda le impone las costas a la mujer que por concurrir a un motel con su amante y pagar con la extensión de una tarjeta causó la disolución de su largo concubinato.